Primer cuatrimestre

Comparación de Políticas Públicas entre diferentes gobiernos en nuestro país.




                UNIVERSIDAD NACIONAL DE                                                 
                        LOMAS DE ZAMORA

               FACULTAD DE CIENCIAS SOCIALES

                  RELACIONES LABORALES


 Cátedra: Política y Planificación de la Función Pública


Monografía: Comparación entre las políticas públicas de los gobiernos de Menem, De La Rúa y Kirchner/ Fernández. "



Isabel Pereyra                
Maylen Gimenez            
Jorgelina Romero           
Roxana   Moreno            



INDICE



Pág.3……………………………..Introducción
Pág.4………………………………………Marco teórico
Pág.9………………………………………Gobierno Dr. Carlos Menen
Pág.14……………………………………..Gobierno Dr. Fernando De La Rúa
Pág.19……………………………………..Gobierno Kichner- Fernández
Pág.23……………………………………...Conclusión
Pág.22………………………………………Bibliografía



























Introducción

El presente trabajo pretende realizar un breve recorrido por las políticas públicas en el ámbito laboral, desarrolladas durante los gobiernos de Carlos Menen, Fernando de la Rúa y el matrimonio Kirchner-Fernández.

Los parámetros a tener en cuenta son:
Ø  la relación entre la política monetaria y la política pública
Ø  que Políticas se pactaron según  requerimientos de organismos internacionales
Ø  si se ajustan a las demandas  sociales
Ø  qué papel juegan  la Soc., civil, sindicatos y empresarios en la agenda de las Políticas Públicas
Ø  observar como los objetivos de esta última varían según sea el tipo de gobierno que las implemente.

El tema es amplio y muy abarcativo, por eso consideramos que realizar un breve desarrollo de las distintas políticas dentro del ámbito del trabajo, según etapas gubernamentales mencionadas, podría ser más ejemplificativo y afín a nuestra carrera.
Para la presente monografía se utilizaron textos de la cátedra, material de las clases dictadas, información de soporte tecnológico.





























Marco teórico


 El concepto de Política Pública se desarrolla teniendo en cuenta la relación entre el modelo de Estado y el régimen de acumulación de cada momento histórico, estos definen las características democráticas en una sociedad, en un momento y lugar dado. Para ello, se parte de una mirada que comprende al Estado como actor clave en el proceso en que se inserta y en el conjunto de relaciones que lo vinculan con el resto de los actores involucrados.
 Las políticas Públicas son concebidas como “productos del sistema político”, no deben entenderse como partes exógenas del mismo, sino como constitutivas de las acciones o de los resultados de las actuaciones de los elementos formalmente institucionalizados del sistema político.
. En otras palabras podemos decir que las políticas públicas son las acciones de gobierno, es el gobierno en acción, que busca como dar respuestas a las diversas demandas de la sociedad, "se pueden entender como uso estratégico de recursos para aliviar los problemas nacionales"[1].
Con el paso del Estado gendarme, o Estado liberal, donde sus funciones básicas eran las de policía, de defensa, al Estado actual donde sus funciones son de mayor envergadura, cada vez más intervencionista( con lo cual va afectando el quehacer diario de los ciudadanos, ya  que interviene en la economía, en la educación, en el trabajo, en la producción, en la seguridad social, entre otras materias);surgen una cantidad mayor de demandas y necesidades que el Estado necesita hacer frente, con lo cual comienza él mismo a captar grandes cantidades de dineros( en su mayoría originado de los impuesto) por parte de los ciudadanos, y los regresa a ellos en forma de programas y servicios que van en beneficio de la sociedad. Es así como a través de estos programas y servicios sociales surgen las políticas públicas.


De acuerdo a lo que expone el propio Oszlak (1984), el Estado como garante de ciertas relaciones sociales -incluso las relaciones de producción, que son el corazón de una sociedad capitalista y de su contradictoria articulación en clases sociales- es una parte del proceso y de la relación de los factores. “Es parte intrínseca y constitutiva de la misma, tanto como otros elementos económicos, de información y control ideológico - que son aspectos que sólo podemos distinguir analíticamente en dicha relación. ¿Qué quiere decir a su vez esto? Que las dimensiones del Estado, o de lo propiamente político, no son -como tampoco lo es lo económico- ni una cosa, ni una institución, ni una estructura: son aspectos de una relación social.”[2]

“Es necesario ir más allá tanto de la dinámica interna del aparato, esto es, su funcionamiento como burocracia y el patrón de relaciones que la definen, como de la lógica específica de la política pública. Se trata de contextualizar sus funciones y sus prácticas en el marco más global de la definición básica del Estado como relación de dominación, atravesada por las luchas y contradicciones sociales, e históricamente variable.”[3]
  La estructuración de las políticas públicas aparece determinada por los siguientes factores:
 1) la manera en que los gobernantes disponen de los recursos y las prácticas culturales de gobierno para obtener los resultados deseados
 2) el grado en que la distribución del poder se distorsiona en la dimensión burocrática  
3) el grado en que las relaciones gubernamentales se constituyen o no en una forma de transmisión de las decisiones y acciones de gobernantes y gobernados.
¿Cómo se elaboran las políticas? y ¿cómo deberían elaborarse? Han existido varios modelos que han tratado de dar respuestas a estas interrogantes. Nosotros tomaremos el modelo racional, de H. Simón (1947, 1960 y 1983). Este plantea tres momentos:
Ø  recoger información e investigar de forma sistemática con el objeto de identificar los problemas presentes o posibles.
Ø  definir todas las alternativas posibles para enfrentar cada problema.
Ø  hacer un análisis omnicomprensivo de todas las posibilidades alternativas y de sus consecuencias.

Presenta las siguientes críticas:
Ø  Raramente el proceso de decisión se produce de manera tan lógica, racional y claramente orientada
Ø  La idea de que toda elaboración de una política pública parte de su raíz es un error, ya que en la actualidad vemos como no existe prácticamente una política que parta de cero, casi todas en su inmensa mayoría son políticas que han sido planteadas con anterioridad por autoridades que han antecedido a quien ahora las retoma.


EL ANALISIS DE LA ELABORACION DE LAS POLTICAS PÚBLICAS:

El punto de partida para el análisis lo constituye la idea del esquema “cíclico”, es decir no pueden ser elaboradas según "un momento", sino como un ciclo abierto, complejo y dinámico.

Así pues nos encontramos que a la hora de analizar un esquema cíclico no se debe plantear como algo estricto y rígido de cómo debe elaborarse una política, sino “como una sistematización que permita plantarse las cuestiones con posibilidades de anticipación y previsión. Una política se redefine continuamente en su proceso de aplicación y puede estar sujeta a cambios en función de su rendimiento, pero si no se han previsto mecanismos para su evaluación y cambio, este será más difícil y se hará con menor capacidad de orientación” 
Podemos establecer a priori cuatro fases para el análisis de la Política:
Ø  Descripción: identificación del estado de situación, es decir la valoración de los hechos o dimensiones consideradas como más relevantes.
Ø  Explicación: identificación de las causas o factores que originan los hechos o dimensiones.
Ø  Previsión: formulación de proyecciones de los futuros hechos.
Ø  Evaluación: poder emitir algún juicio sobre la situación que dá origen a la política o la situación que se origina por la implementación de esa política.
Estas fases se desarrollan dentro de dos marcos:

Marco analítico: es una visión comprensiva de la realidad que permite identificar los factores o puntos más relevantes, generando la construcción de hipótesis que orienten el análisis.
Marco Normativo: se visualizan los patrones deseados según valores preestablecidos y se los compara con la realidad, para determinar el sector problemático. Los patrones normativos comprenden la expresión de ideología, conjuntos de valores o las distintas apreciaciones de la realidad según los distintos actores.


LA FORMULACION DE LAS POLITICAS:

En esta etapa se encuentran presentes los actores sociales, se permiten convergencias y divergencias de ideas o de enfoques para poder lograr una negociación que permita la concertación con el acuerdo de la mayoría.
En el ámbito laboral la participación del sindicato es fundamental por su significancia como delegado de los intereses de los trabajadores, por su grado de legitimación   y representatividad.


La formulación de la Política está compuesta a su vez de cinco etapas o pasos:
 A) Establecimiento de la agenda política.
 B) La definición de los problemas.
 C) La previsión.
 D) Establecimiento de objetivos.
 E) La selección de la opción.

El establecimiento de la Agenda política
No todas las demandas que produce la sociedad logran penetrar en el régimen político, ni mucho menos pasan a ser políticas públicas. Sólo aquellas que por algunas circunstancias, motivos, momentos, razones, logran ser problemáticas ahora o lo son potencialmente, y se plantea la necesidad de actuar sobre ellas, de realizar, crear una política frente a ellas. Para esto se requiere recepcionar las demandas, captar información, sea esto por medio de mecanismos institucionales o informales. En este proceso se utilizan diversos procedimientos técnicos, así como diversas fuentes.
Aquí cabe preguntarnos, ¿por qué ciertos tipos de demandas son los que logran penetrar al régimen político y se convierten en políticas públicas, por qué unas entran a la agenda y otras no? La respuesta no es sencilla y no está todavía clara, pero en su mayoría los expertos en la materia han coincidido en que se debe a la idea de distribución del poder en la sociedad, así como existen estudios empíricos que tratan de agregar otro elementos como las cosas de crisis o amenazas, cuestiones que tengan componentes emotivos, de interés humano, si afectan a un amplio número de personas, si tienen que ver con el poder y la legitimidad en la sociedad. En fin, “las agendas políticas son más el resultado de la movilización de demandas y presiones que d un proceso racional de evaluación de necesidades, valores y objetivos”. 

La definición de los problemas

Una vez establecida la agenda política, debemos de definir los problemas, no basta el hecho de haberlos identificado sino que es necesario tener mayor conocimiento de ellos.
Tenemos que saber cuáles son sus componentes, así como sus probables causas y consecuencias que se derivan de ellos.
Esta etapa es muy importante en el proceso de las políticas públicas, ya que mucho de los fracasos de las mismas es que no fueron desde su inicio bien definidas.

La previsión

La idea de que toda política pública tiene una vocación de futuro,  que se ejecuta para dar respuesta a una cuestión actual o simplemente algo que todavía no se presenta y se prevé que en futuro podrá presentarse es la metodología reinante en la previsión de esa Política. Toda esta idea de lo actual, presente y lo potencial le dará forma entre otras pautas a la de la implementación, si se pretende que la Política se sostenga en el tiempo o prevea demandas futuras.


Establecimiento de objetivos
Determinar los objetivos para la elaboración de políticas actuales o de futuro representa una de las orientaciones básicas para la configuración de la política. Se trata de establecer características genéricas del futuro deseado en un ámbito determinado. Por supuesto que conseguir estos objetivos deseados va a estar en dependencia de muchos factores que a lo largo del desarrollo de la política puesta en marcha se van a dar. Ej., el clima político interno y externo, el aspecto económico, el entorno internacional, entre otros.



Selección de la opción
Esta es la última fase del proceso de elaboración de las políticas públicas, la cual se inicia una vez que se tenga definido los objetivos. Se trata pues de seleccionar la opción concreta. De esta forma, como señala Pallares, “una opción es seleccionada mediante los procedimientos de decisión y, a través de su desarrollo gubernamental, entra en la fase de aplicación práctica: la implementación”.

LA IMPLEMENTACION

El concepto de la implementación es introducido por Wildavsky y Pressman (1973). La mayoría de los autores en materia de implementación coinciden que no existe una separación radical entre la formulación y ésta. Es difícil determinar donde acaba la formulación y donde empieza la implementación. Barret y Fudge (1981) la consideran “como un continuo de elaboración y acción en el cual tiene lugar un proceso negociador entre aquellos que quieren llevar la política a la práctica y aquellos de los que depende la acción”. El régimen político es el encargado el responsable de la implementación de las políticas públicas la cual está marcada por desafíos, presiones, contingencias , cambios de orientaciones y son los administradores los que tiene un papel fundamental  para poder determinar necesidades de modificaciones en las políticas o la férrea aplicación de la que ya ha sido establecida.
Los actores incluidos en la política deben participar de la misma encarándola como un proceso: incorporando información, procesándola y evaluándola.

LA EVALUACION Y LA CONTINUIDAD O CAMBIO: 

La evaluación de las políticas públicas debe hacerse con “referencia a los objetivos establecidos, pero sobre la base fundamental de los resultados alcanzados, tanto en los aspectos previstos como en los no previstos. Consiste la evaluación, en el proceso necesario para medir el grado en el que están alcanzando las finalidades deseadas y sugerir los cambios que puedan situar las realizaciones de la política más en la línea de espera”[4].

Es decir, la política que se ha puesto en marcha está resultando o no, sirve o no, qué es lo bueno de ella y dónde tenemos que cambiarla. ¿Es la misma coherente con los fines planteados o se tiene que modificar? ¿Es eficaz o no?

En función del momento en que se realizan la evaluación puede ser:
Ex Ante: se realiza previo al comienzo del proyecto, y tomando en cuenta factores anticipados en el proceso decisorio. Es una evaluación económica y permite medir el proyecto cuantitativamente
Ex Post: se lleva a cabo cuando el proyecto ya está en ejecución o ha concluido y las decisiones se adoptan en base a los resultados efectivamente alcanzados, se observa losa actores involucrados, las consecuencias previstas y no previstas, la construcción de capacidades y los comportamientos desplegados en los procesos de formulación e implementación.
 En Argentina la autoridad pública, para operar en diferentes  sectores, dispone de una gran variedad de instrumentos, como ser:
·        Desregular; Legalizar; Privatizar; Crear y Simular mercados: La desregulación comporta la eliminación de las interferencias públicas en los asuntos privados. La legalización se refiere a convertir en legales mercados que antes estaban prohibidos. La privatización se refiere tanto a la venta de empresas públicas al sector privado como a que el gobierno permita que algunas empresas privadas entren en un sector que previamente era un monopolio público. En cuanto a la creación de mercados, está relacionado con el establecimiento de derechos de propiedad sobre bienes que ya existían o creando nuevos bienes y servicios que se puedan vender y comprar. La simulación  consiste en estimular a la competencia por hacerse con el mercado a través, por ejemplo, de una subasta.
·        Incentivar con subsidios e impuestos; abonos y deducciones: Con la utilización de este instrumento se busca inducir un determinado comportamiento en los sectores privados, lo cual puede hacerse de diversas maneras: A través de la imposición de una tasa o impuesto a determinadas consecuencias socialmente negativas; dando un subsidio directo a los productores de bienes y servicios que tienen externalidades positivas; incentivando el consumo de un producto a través de la distribución de un bono intercambiable por este producto; practicando deducciones fiscales para incentivar la demanda de determinados bienes o servicios.
·        Regular directamente el comportamiento: Que consiste en ordenar o prohibir un determinado comportamiento y controlar su cumplimiento penalizando la infracción.
·        Producir directamente los Servicios: La administración pública genera, con sus propios recursos, los servicios (educación, sanidad, servicios sociales, construcción de infraestructuras, etc.) Es la fórmula tradicional y característica del sector público.
·        Contratar externamente: La administración pública contrata la producción de servicios para los beneficiarios de sus políticas  a organizaciones no públicas, como empresas privadas u organizaciones no gubernamentales.
·        Proporcionar un seguro o ayudas ante la adversidad: L administración pública proporciona seguridad ante determinadas contingencias que pueden ocurrir con una cierta probabilidad, a través de la creación de un fondo común (seguridad social), aportando directamente recursos económicos a personas o familiares para aumentar su nivel de ingresos.




GOBIERNO DEL DR. MENEN 1989-1999

En julio de 1989, el MTySS de la nación comenzó a reformar su estructura sin que en ese entonces se previeran todas las transformaciones económicas y sociales que iban a ocurrir durante la década1989-1999. Las transformaciones aplicadas en el campo de la economía impactaron en el sistema de Relaciones Laborales, básicamente en tres aspectos: el empleo, el ingreso y el régimen normativo, la "flexibilidad laboral" fue un medio apto para hacer frente a las nuevas exigencias de la producción y la competencia. Las Políticas laborales apuntaban a una profunda desregulación del mercado de trabajo para poder adaptar los costos a la competencia establecida por la importación irrestricta y afianzada por la política cambiaria: un dólar igual a un peso. Los altos niveles de desocupación, al promediar la década del noventa, debilitaron a las organizaciones gremiales y quebraron la solidaridad del colectivo laboral. Desregulación, precarización y clandestinización fueron los objetivos de las políticas laborales del momento, estas iniciativas quedaban sujetas a la habilitación mediante convenio colectivo, para lograr la legitimidad, aprovechando un sindicato débil y poco combativo.
La primera tarea emprendida fue emular la experiencia internacional con vistas a elaborar el proyecto de ley Nacional de Empleo, tarea que emprendió la dirección nacional de Recursos Humanos, a cargo del Servicio Nacional de Empleo. Se analizaron las actividades de asesoramiento a organizaciones profesionales de trabajadores y de empleadores, para desarrollar la formación profesional y promover el empleo, prestando especial atención a las migraciones internacionales.
La ley Nacional de Empleo (LNE) 24.013 del año 1991 fue uno de los principales cambios introducidos en las políticas de empleo, pues atribuyó al entonces MTySS el desarrollo de políticas destinadas al fomento del empleo y de la capacitación laboral en el nivel nacional.
Esta Ley comprendía entre otros objetivos: promover la creación de empleo productivo por medio de acciones y medidas específicas de fomento; prevenir y regular procesos de reconversión productiva; fomentar el empleo entre quienes enfrentan mayores dificultades de inserción; organizar un sistema de protección a los trabajadores desocupados, y promover la regularización de las relaciones laborales, desalentando las prácticas evasoras. También establece de manera expresa que el ministerio debe diseñar y ejecutar programas de estadísticas e información laboral, coordinándose con el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC) e integrarse al Sistema Estadístico nacional, de acuerdo con la ley 17.622, así como producir estudios relacionados a la problemática del empleo y de los ingresos.
Se establece un régimen especial de regularización del empleo no registrado, para lo cual se crea el Sistema Único de Registro Laboral (SURL) que se supone sería una importante herramienta para erradicar el trabajo no registrado.
 La LNE establece la creación del Consejo nacional del empleo, la Productividad y el Salario Mínimo, Vital y Móvil, con las siguientes funciones: determinar periódicamente el salario mínimo, vital y móvil, y los montos mínimos y máximos y el porcentaje previsto por la prestación en desempleo; aprobar los lineamientos, metodologías, pautas y normas para la definición de una canasta básica que se convierta en un elemento de referencia para la determinación del salario mínimo, vital y móvil; fijar las pautas de delimitación de las actividades informales; formular recomendaciones para la elaboración de políticas y programas de empleo y formación profesional y proponer medidas para incrementar la producción y la productividad. El Consejo debe estar integrado por representantes de los empleadores y de los trabajadores, que tienen carácter ad-honorem y son designados por el poder ejecutivo a propuesta de sus organizaciones y por un presidente designado por el MTySS, que dura cuatro años en sus funciones.
Se implementa el Sistema Integral de Prestaciones por Desempleo el cual hace referencia a la indemnización por despido injustificado, y modifica al artículo 245 de la ley de Contrato de Trabajo, sobre antigüedad en el servicio y las equivalencias remunerativas correspondientes.
De este sistema se exceptuaron los trabajadores agrarios (ley 22.248), los trabajadores del servicio doméstico (decreto 326/56) y quienes hayan dejado de prestar servicios en la administración pública nacional, provincial o municipal por medidas de racionalización administrativa. Para trabajadores del estado, organismos y entes públicos privatizados el sistema se rige por resolución del ministerio de Trabajo 699/93.
El ministerio podrá, por resolución, declarar la reconversión productiva de empresas públicas, mixtas o privadas que se encuentren o pudieran encontrase en situación de reducciones de empleo, convocando a la comisión negociadora de convenciones colectivas de trabajo, e intervenir en la resolución de acciones sobre el particular. A partir de los capítulos 6 y 7 de la ley Nacional de Empleo se establecieron dos mecanismos para encarar la reestructuración productiva: uno en el nivel sectorial y otro en el nivel de empresa. Si el poder ejecutivo declarase a algún determinado sector en situación de reestructuración productiva, entonces se debería convocar a la comisión negociadora del convenio colectivo para negociar un programa de prevención del desempleo y discutir las consecuencias de la reestructuración en las condiciones de trabajo y de empleo. Por expresa mención de la misma ley en sus artículos106 a 110, se faculta al MTySS a declarar la emergencia ocupacional de sectores productivos o regiones geográficas permitiendo la habilitación de estas modalidades contractuales, por parte del estado, sin necesidad de convenio colectivo previo, todo ello durante el período que dure la emergencia.
La misma se establece por períodos reducidos (tres meses como mínimo, renovables por el mismo plazo). En el nivel de las empresas se deben adoptar "procedimientos preventivos de crisis”, a partir de los cuales se crea una instancia previa de información y/o de negociación entre las empresas y las asociaciones sindicales cuando se prevean suspensiones o despidos por razones de fuerza mayor, causas económicas o tecnológicas. El MTySS, podrá homologar los acuerdos y los casos de emergencia ocupacional, así como habilitar modalidades promovidas y/o acciones de generación de empleo por medio de la contratación directa del estado nacional. SE faculta al MTySS a desarrollar programas de empleo para grupos especiales de trabajadores, orientados a quienes presenten mayores dificultades de inserción laboral:
Ø    programas para jóvenes desocupados
Ø    trabajadores cesantes cuya calificación fuere obsoleta y/o que superasen cierta edad
Ø    para grupos protegidos y discapacitados,
Ø    sin perjuicio de más programas destinados a otros trabajadores
Ø    proporcionar asistencia técnica para el desarrollo del autoempleo
La ley 24.013 reglamenta la actividad de las agencias de empleo eventual (Forma paradigmática de la precariedad) las cuales proveen de trabajadores a las empresas que lo requieran, para la cobertura eventual o temporaria, con el objetivo de sustituir personal o llevar a cabo una actividad eventual o extraordinaria. Se entiende además, que media tal tipo de relación cuando el vínculo comienza y termina con la realización de la obra, la ejecución del acto o la prestación del servicio para el que fue contratado el trabajador. Las empresas de servicios eventuales deben estar constituidas exclusivamente como personas jurídicas y con objeto único: sólo pueden mediar en la contratación de trabajadores bajo la modalidad de trabajo eventual. En el artículo75 y siguientes establece que “los trabajadores contratados por empresas deservicios eventuales habilitadas por la autoridad competente para desempeñarse en los términos de los artículos 99 de la LCT y 77 a 80 de la LNE serán considerados en relación de dependencia con carácter permanente, continuo o discontinuo, con dichas empresas”. El trabajador contratado mediante una empresa de servicios eventuales estará regido por la convención colectiva correspondiente, será representado por el sindicato y beneficiado por la obra social de la actividad o categoría en la que efectivamente preste servicios en la empresa usuaria. El vínculo del empleado es permanente con la Empresa de Servicios Eventuales, pero eventual con el contratante. Se estableció un límite a la cantidad de trabajadores contratados por medio de estas modalidades (excepto el contrato de trabajo eventual), que nunca puede superar el 30% del plantel total permanente de cada establecimiento. En el caso de ser microempresas, se establece que cuando el plantel es de 6 a 25 trabajadores, se admite un 50%; si es de no más de 5 trabajadores, se acepta un 100%, no pudiendo excederse en más de 3 trabajadores; y si el empleador no tiene personal en relación de dependencia puede contratar bajo esta modalidad a una sola persona.
Para poder contratar bajo las modalidades promovidas, el empleador no debe tener deudas exigibles con los organismos previsionales, de asignaciones familiares, obra social, FO.NA.VI., Fondo Nacional del Empleo y asociaciones sindicales. En las empresas o establecimientos en los que se adopten las modalidades promovidas de contratación, la asociación sindical correspondiente debe ser informada al respecto por el empleador en el plazo de 30 días con copia del contrato para el trabajador.
A partir de entonces la flexibilización se constituye e instauró de diversas maneras: vía modalidades contractuales de tiempo determinado, actividades laborales que no adoptan las modalidades de un verdadero empleo (pasantías, becas, planes de empleo de carácter administrativo, etc.), la modificación del período de prueba (para ampliarlo), la instauración de un régimen paralelo de contratación laboral, la contratación de trabajos o servicios temporarios o eventuales y por último la modificación del régimen indemnizatorio, para hacerlo más sencillo, menos burocrático y menos oneroso, pues la ley establece el apartamiento de la regla vigente para los contratos de tiempo fijo, en los cuales la carencia de preaviso los transforma en contratos por tiempo indeterminado (CDI), no haciéndose eco del “principio protectorio” y del “principio de continuidad” del contrato de trabajo en los que se basa el derecho laboral.
Por otro lado, para disminuir el costo de los aportes y contribuciones patronales que afectaban al salario, en las modalidades “promovidas” se han eliminado rubros del salario bruto que estaban sujetos a aportes y contribuciones (beneficios sociales, prestaciones complementarias, etc.) y se han reducido los porcentajes de las contribuciones. Todas estas modificaciones generaron la vulneración del principio protectorio (base fundamental del derecho del trabajo) y de todas aquellas conquistas alcanzadas por los trabajadores y la sociedad en su conjunto en materia de legislación laboral. Con la sanción de la ley 24.013 aparecen nuevas modalidades de contratación, pero además de esta innovación se mantuvieron otras formas no promovidas que exceptúan el principio de indeterminación del plazo del contrato ya existente en la ley de Contrato de Trabajo o que derivan en prestaciones de trabajo discontinuas, tales como:
a) contrato de trabajo por temporada y
b) contrato de trabajo eventual
Es decir que esta ley, en la que se enmarcan la mayoría de los programas de empleo que se desarrollarán a continuación, atribuyó al MTySS el desarrollo de políticas destinadas al fomento del empleo y de la capacitación laboral, pero además estableció cláusulas en donde se instauran modalidades contractuales que atentan contra la seguridad y la estabilidad en el empleo y el principio protectorio de los trabajadores, generando así flexibilización laboral y precarización del contrato de trabajo. Esto quebró en nuestro país una larga tradición de derecho del trabajo caracterizado por la preservación del principio de la estabilidad en el empleo, de la preferencia por el contrato por tiempo indeterminado y la continuidad de la relación salarial.
El 10 de febrero de 1994, mediante resolución 220 del MTySS de la Nación, se creó el REGICAL, Registro Nacional de Instituciones de Formación Profesional y Capacitación Laboral, en el cual se debían inscribir aquellas organizaciones públicas y privadas que brindan servicios de formación y capacitación de recursos humanos, así como las organizaciones públicas y privadas de nacionalidad extranjera y los organismos internacionales que desarrollaran actividades formativas. Por resolución 313 del MTySS de la nación, se establecieron los criterios de asignación de recursos del Fondo Nacional de Empleo que debían destinarse a la formación profesional ocupacional. Dichos criterios partieron de una premisa fundamental: la importancia de la formación ocupacional para los objetivos nacionales de competitividad y empleo. Con relación a ello, se señaló así la necesidad de asignar los recursos disponibles con criterios de “equidad territorial, rentabilidad social y eficiencia económica”.
Por resolución del MTySS 1.017/94, se crea la Red de Servicios de Empleo, con registros públicos y servicios gratuitos, integrada por: oficinas públicas de empleo, creadas por el MTySS así como por autoridades provinciales del trabajo y los municipios, agencias públicas de colocación, y entes colaboradores, que se sumen a estas acciones de intermediación en el mercado de trabajo. Con la finalidad de intercambiaren el mercado de trabajo, y en algunos casos en la selección de beneficiarios para los programas de empleo transitorio.


El 15 de marzo de 1995 se dictó la ley 24.465 de promoción del empleo, dentro de la cual se establece el régimen de contratos de aprendizaje. En su artículo 4, esta ley definió el contrato de aprendizaje como una relación contractual especial no laboral, que vinculaba al empresario y a un joven sin empleo, generando derechos y obligaciones bajo la supervisión del MTySS.
Podían participar de este tipo de relación los jóvenes sin empleo de entre catorce (14) y veinticinco (25) años de edad, quienes suscribían con los empresarios, en cada caso, un contrato que obligaba al empresario a satisfacer la finalidad formativa de la relación de aprendizaje. En el ámbito de las comisiones negociadoras de los convenios colectivos, se podían acordar programas y procedimientos conjuntos de formación profesional para adaptar esta modalidad de contratación a las características propias de la actividad, rama o empresa participante.
 En marzo de 1995 se promulgó la ley 24.467, que tuvo por objeto promover el crecimiento y desarrollo de las pequeñas y medianas empresas (Py-MES), impulsando para ello políticas de alcance general por medio de la creación de nuevos instrumentos de apoyo y la consolidación de los ya existentes, e incluyendo un capítulo especial destinado a regular las relaciones de trabajo en la pequeña empresa. En su artículo 96, con relación a la formación profesional, dicha ley expresa: “la capacitación profesional es un derecho y un deber fundamental de los trabajadores de las pequeñas empresas, quienes tendrán acceso preferente a los programas de formación continua financiados con fondos públicos. El trabajador que asista a cursos de formación profesional relacionados con la actividad de la pequeña empresa en la que preste servicios, podrá solicitar a su empleador la adecuación de su jornada laboral a las exigencias de dichos cursos. Los convenios para pequeñas empresas deberán contener un capítulo especial dedicado al desarrollo del deber y del derecho a la capacitación”.
Asimismo, la ley 24.467 indicaba que las PyME podían hacer uso de cualquiera de las modalidades promovidas de contratación laboral de la ley 24.013, exceptuadas de algunos requisitos: no necesitaban la habilitación del contrato por convenio colectivo; no estaban obligadas a registrar los contratos en el SURL; se las exceptuaba del pago de indemnización a la finalización del contrato En el acuerdo marco para el Empleo, la Productividad y la Equidad Social, en 1994, se determinaba que la capacitación de los trabajadores es un requisito para cualquier estrategia de crecimiento productivo con equidad social, y el presidente de la nación Argentina decretó la creación del Consejo Nacional de Capacitación y Formación Laboral. El Consejo tiene entre sus objetivos, contribuir a consolidar y optimizar sus acciones para elevar el nivel de la calificación de los recursos humanos.
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El 31 de julio de 1995, el MTySS de la nación dictó la resolución 94/95, que determinaba la reasignación de recursos destinados a la formación profesional, otorgando prioridad a la creación de talleres ocupacionales. El remanente de dichos recursos se destinaba a becas y ayudas ligadas a la capacitación para el empleo conforme a lo propuesto por la subsecretaría de formación profesional.
En 1995 se creó de la secretaría de Empleo y Formación Profesional a partir del acuerdo marco para el empleo, la productividad y la equidad, del 25 de julio de 1994, celebrados entre el gobierno nacional, la CGT y las principales asociaciones empresarias, asignándole nuevas funciones y competencias, dado el crecimiento del desempleo. Su objetivo principal fue diseñar y elaborar políticas y programas para promover el empleo y posibilitar la formación profesional de los trabajadores.
El decreto 1076/96 del 25 de septiembre de 1996 originó un nuevo proceso de reestructuración organizacional, mediante el cual se unificaron áreas y funciones del ministerio transfiriendo personal al Fondo de Reconversión Laboral y luego por la resolución del MTySS) 885/96 del 17 de octubre de 1996 se procedió a la apertura de niveles inferiores al primer nivel operativo.
Este decreto, creó en el ámbito de la secretaría de Empleo y Capacitación Laboral del MTySS, la dirección nacional de Políticas de Empleo y Capacitación (DNPEyC), con el objetivo de garantizar consistencia y uniformidad al diseño, la gestión y la evaluación de los programas del MTySS orientados a combatir el desempleo y aumentar por vía de la capacitación, la empleabilidad de los trabajadores en todo el país.
Dada la gravedad del problema de la desocupación, la resolución 995/96 creó la Unidad de Coordinación de Gestión de programas de empleo y capacitación laboral para una mejor coordinación de las acciones.
Financiada mediante recursos provenientes del Fondo Nacional de Empleo, estas acciones de capacitación responderían a dos líneas: empleabilidad y acciones de capacitación vinculadas a sectores o ramas de actividad, que impulsó la participación en la gestión de diversos actores sociales, promoviendo su asociatividad en las presentaciones de proyectos de capacitación.
























GOBIERNO DEL DR. DE LA RUA 1999-2001

La situación laboral del país resultó duramente afectada por las consecuencias de la crisis económica que atravesó el país desde mediados de 1998. El proceso recesivo tuvo como consecuencia más visible el crecimiento de la desocupación; el constante deterioro de la oferta del mercado de trabajo se correlacionó con el crecimiento de la pobreza y con el fuerte aumento de la indigencia. Esto impactó en los sectores medios y medios bajos debido al deterioro de los ingresos familiares, generándose un fenómeno que se conoció como “nuevos pobres”.
A precios constantes, la caída del PIB fue importante (cerca del 13% entre comienzos de1998 y 2001) y afectó, en primera instancia, a la demanda de puestos de trabajo (en el período analizado, la tasa de empleo cayó 0,6 puntos porcentuales). La contracción del empleo obligó a una porción significativa de la población económicamente activa con problemas laborales a aceptar puestos de trabajo de menor calidad con tal de percibir un ingreso que permitiera la subsistencia.
El desempleo oculto por el efecto “desaliento” en las personas que desisten de la búsqueda de empleo fue el resultado del estancamiento en la PEA.  Para finales de la década, 4 millones de personas estaban fuera del empleo pleno de 35 o más horas semanales y el desempleo se podía considerar de tipo estructural.
El alto número de trabajadores en negro, de autónomos con baja capacidad de contribución, de personal doméstico, los subempleados y desocupados, cuya cantidad superó ampliamente a la de registrados, implicó fuertes límites para los aportes previsionales; y consiguientes coberturas del Sistema Integrado de Jubilación del subsidio de desempleo, el sistema de obligaciones sociales y el PAMI. Esto obligó al Estado a financiar el déficit previsional vía impuestos, a modificar el sistema de obras sociales y a implementar políticas sociales, entre otras medidas.
Asimismo, la evolución en las prestaciones y los montos de los programas de empleo empezaron a disminuir a partir de 1999. Esta merma se debió en gran parte a la insuficiencia de fondos disponibles para su continuidad.

Este gobierno intentó llevar adelante muchas de las reformas que habían quedado inconclusas durante el gobierno de menen. Se redujo la Prestación Compensatoria para aquellos que ganaran más de 640 pesos, buscando alivianar las cargas que el Sistema Jubilatorio tenía para el Estado.
El ministro de economía José Luis Machinea informó que es estaba trabajando en un proyecto para eliminar los regímenes especiales previsionales y aumentar la edad jubilatoria de las mujeres, algunas de estas premisas obedecían a una negociación con el FMI. Para equilibrar el sistema en el 2000 se dictó un decreto por el cual se reemplazaba la Prestación Básica Universal por una prestación Suplementaria que sería decreciente hasta los que jubilaran con 800 pesos.
Se instituyó el Beneficio Universal para mayores de 75 años, que no contaran con ningún ingreso y tuvieran una sola propiedad como vivienda propia, además accedían a los servicios médicos del PAMI como también las mujeres se beneficiaron con la Prestación Proporcional los requisitos: mayores de 70 años y que tuvieran un aporte previsional de entre 10 y 29 años.
Luego de una negociación con la CGT para que se mantuvieran las contribuciones obligatorias a las obras sociales, se envió un proyecto al Congreso para asegurar a los sindicatos que no habría recortes en los salarios durante los dos años posteriores a la sanción de esta ley, también se incluían premisas flexibilizadoras: extender el período de prueba, modalidades promovidas de trabajo, descentralizar la  negociación a niveles de fábrica y la disminución de los montos indemnizatorios buscando favorecer la contratación de nuevos trabajadores.
En junio del 2000 el vicepresidente Álvarez firmó el decreto para desregular las obras sociales otra medida solicitada por los organismos de créditos internacionales.
En el área de la burocracia gubernamental se introdujeron modificaciones para mejorar la gestión y la capacidad de resolución de conflictos, el programa Carta Compromiso con el Ciudadano establecía dentro de sus objetivos potenciar la transparencia, optimizar el uso de recursos humanos y materiales. Este programa se implementó en todas aquellas dependencias de la Administración Pública Nacional que prestaran servicios a la ciudadanía y requirió de un sistema de información y seguimiento de los procesos administrativos, como así también un control periódico del nivel de prestación para evaluar los estándares de calidad de servicios.
SE implemento la Política del Plan Nacional de Modernización del Estado basado en tres puntos:
Ø    cambio en el modelo de gestión
Ø    proyectos de modernización estructural
Ø    transparencia y política anticorrupción



Desde los distintos ministerios y organismos del estado se crearon diferentes programas para combatir la desocupación y resolver los problemas de empleo:

Programa de emergencia laboral - PEL
El 30 de diciembre de 1999 se creó el programa de emergencia laboral (PEL), con el objetivo de afrontar situaciones locales transitorias de emergencia ocupacional.
Dentro de este programa, un subprograma, que tuvo como objetivo la búsqueda de la inserción especialmente de mujeres mediante proyectos tendientes al desarrollo y promoción social.
Los beneficiarios debían dedicarse en forma exclusiva a tareas durante seis horas diarias, equivalente a ciento treinta y dos horas mensuales percibiendo una ayuda económica no remunerativa de $ 160 a cargo del MTEyFRH.
Trabajo y Formación de Recursos Humanos.
Los beneficiarios eran desocupados, de baja colocación, mayores de 18 años, que percibieran prestaciones previsionales o seguro de desempleo, pero sólo un integrante por grupo familiar.
Los ejecutores eran organismos públicos nacionales, provinciales o municipales y ONG sin fines de lucro con personería jurídica.
Refacción de espacios públicos
Proyectos que se llevaban a cabo en organismos públicos o sin fines de lucro tales como escuelas, comedores, guarderías, geriátricos, hospitales, centros de salud, jardines maternales y centros comunitarios que atendían población de recursos escasos. La cantidad de beneficiarios, mínimo diez y máximo veinte.
Los proyectos tenían que aprobar una evaluación de viabilidad técnica, económica, financiera, institucional y social.
Los que contaban con un dictamen favorable eran calificados según los siguientes criterios de priorización:
Ø    Nivel de pobreza focalizando localidades con necesidades básicas insatisfechas.
Ø    Cobertura de la población neta del sub programa.
Ø    Calidad y pertinencia del proyecto.9
Ø    Tipologías.
Ø    Selección de beneficiarios.
Ø    Participación en un programa nacional.
Programa emplear- PyME
El programa de apoyo al empleo en Pymes se creó con el objetivo de apoyar activamente la creación de empleo estable y formal en Pymes dedicadas a la producción de manufacturas.
Este programa dependía de partidas presupuestarias y de préstamos otorgados por organismos internacionales y podía extinguirse sin necesidad de invocación de causa y sin generar derecho de indemnización. El crédito asignado fue de $12.000.000.
Podían ser beneficiarios las empresas cuyo plantel no excediera los 50 trabajadores y que no hubieran despedido sin justa causa a más del 15% del plantel total; mantenían el incremento de su plantel total con respecto al promedio del año 1999 y también las empresas nuevas de hasta 50 trabajadores y empresas que habían contratado desempleados durante 1999.
Programa nosotras
Fue un programa diseñado por el ministerio de Desarrollo Social de la nación que se inició en enero del 2000, con el objetivo de ofrecer a mujeres, especialmente a las jefas de hogar en situación de riesgo y vulnerabilidad social, una acción organizada y sistemática que les permitiera apropiarse de conocimientos específicos para mejorar sus condiciones de vida mediante un acceso más calificado al mundo laboral y una mejor participación en la vida comunitaria.
Programa Fomujer
El programa de fortalecimiento institucional para la formación técnica y profesional de mujeres de bajos ingresos, fue realizado por el ministerio de Desarrollo de la nación en enero del 2000.13
Estaba orientado a contribuir con el aumento de la productividad y de las oportunidades de empleo en las mujeres de bajos ingresos a través de la formación profesional. Y tenían la finalidad de apoyar al desarrollo y colaborar con el proceso de reducción de la pobreza.
Programa especial de capacitación laboral
Este programa fue creado por la resolución 289 del MTEyFRH, con fecha 5 de julio de 2000. Su objetivo fue contemplar el desarrollo de proyectos para la calificación o recalificación laboral de la población desempleada o en riesgo de pérdida de empleo, de trabajadores afectados por crisis productivas regionales o para el desarrollo de iniciativas productivas o de servicios innovadores o que respondieran a especificidades locales y regionales.
Estaba dirigido a trabajadores ocupados con riesgo de pérdida de empleo, que requerían capacitación laboral para mantenerse en los puestos de trabajo, desocupados en general, trabajadores afectados por situaciones de crisis productiva sectorial, regional o de emergencia laboral y desocupados jóvenes recién egresados del sistema educativo formal público, que solicitaban capacitación laboral para ingresar por primera vez al mercado de trabajo.
Las acciones de capacitación tenían lugar mediante la suscripción de convenios con las entidades participantes, y/o mediante la presentación de proyectos. Estos no podían exceder el monto de $ 60.000, salvo que la secretaría de
Empleo contemplara situaciones emergentes de la coyuntura que justificaran una asignación mayor.
Programa crear trabajo
Este programa se creó en noviembre de 2000. Se orientó a apoyar la creación y/o mantenimiento de puestos de trabajo estables en el marco de micro emprendimientos familiares y comunitarios o micro y pequeñas empresas dentro de la actividad extractiva, manufacturera, agropecuaria, de servicios turísticos, etc.
Los beneficiarios eran personas desocupadas, mayores de 18 años, sin prestaciones previsionales, ya sea por el seguro de desempleo o por otro programa del MTEyFRH, o de otros programas nacionales provinciales o municipales.
Podía ser parte del programa toda empresa nueva y en funcionamiento que no registrara deudas con la AFIP, o estuviera incorporada en un plan de regularización en el momento de la presentación de su proyecto productivo. Sin embargo no podían hacerlo aquellas que prestaban servicios eventuales y las nuevas cuya actividad fuera cíclica o de temporada.
Los beneficiarios eran personas desocupadas, mayores de 18 años, que no percibían prestaciones previsionales, por seguro de desempleo o por otro programa del ministerio de Trabajo de la Nación, o de otros programas nacionales provinciales o municipales. Tampoco debían registrar aportes a la seguridad social en el momento de su incorporación.
. Programa Banco Nación
Este banco modificó su carta orgánica y creó en noviembre de 2000 el Instituto Carlos Pellegrini, con el objetivo de prestar asistencia financiera a las micro, pequeñas y medianas empresas, cualquiera fuera la actividad económica en la que actuaran, para reconstruir el sistema productivo nacional y generar trabajo. La idea fue construir un espacio al servicio de las Pymes coordinando sus tareas con instituciones financieras y no que trabajaran para ellas.
Las funciones del instituto eran:
Ø    Brindar apoyo en la difusión e implementación de los instrumentos destinados a las Pymes.
Ø    Facilitar el acceso a esos beneficios.
Ø    Ofrecer información sobre mercados.
Ø    Colaborar en la presentación y preparación de proyectos y, especialmente, en la formulación y evaluación de planes de negocios.
Programas e instrumentos nacionales de apoyo a las Pymes
Créditos para capital de trabajo e inversiones: financiamiento para empresas de todos los sectores económicos para recomponer el capital de trabajo e inversiones. El plazo era de tres años para el primero y cinco para el segundo.
Programa de capacitación sectorial
Se creó este programa con el objetivo de incrementar las competencias y la productividad de trabajadoras/es ocupadas/os o desocupadas/os con baja o mediana calificación, mediante la financiación total o parcial de proyectos de capacitación tendientes a desarrollar nuevas competencias laborales, o adaptar las ya adquiridas, a los cambios tecnológicos u organizacionales en los procesos de trabajo, siendo el campo de referencia y realización un específico sector de la actividad económica en los niveles regional, provincial o local. Los proyectos a financiar debían atender a desocupados o subocupados de mediana o baja calificación con experiencia en el sector de actividad, a trabajadores ocupados o titulares de micro, pequeñas y medianas empresas, contribuyendo al mejoramiento de su calificación y/o recalificación
Programa Redes
El programa regional de emprendimientos sociales y comunitarios fue una iniciativa del ministerio de Desarrollo Social y Medio Ambiente de la nación que comenzó en el 2001. Su objetivo fue brindar asistencia financiera, capacitación, asistencia técnica y transferir tecnología de gestión para el desarrollo de emprendimientos productivos o de servicios, proyectos sociales y comunitarios, y planes de fortalecimiento institucional en el ámbito local y regional.
Orientaba sus acciones a promover y fortalecer los vínculos entre sujetos e instituciones afectados por problemáticas comunes. Se ponía especial énfasis en favorecer la apropiación de criterios de ciudadanía plena, se incentivaba la participación real de la comunidad involucrada y se desarrollaban competencias en los actores sociales para el logro de alianzas estratégicas en la construcción del desarrollo local, regional y nacional.
Orientaciones generales:
Fortalecimiento de los gobiernos locales: fortalecía el poder de decisión transferido a los gobiernos locales, aportando recursos financieros y técnicos, capacitación y tecnología de gestión.
Enfoque regional y consolidación de micro regiones: este enfoque hacía que los proyectos sociales y productivos apoyados fueran considerados elementos valiosos para la superación de necesidades y como mecanismo de potenciación de las ventajas. Y la formación de micro regiones que facilitaba la conformación de corredores productivos, ruedas de negocios, etc. Redes productivas territoriales: Su impulso multiplicaba los efectos alentadores de las prestaciones realizadas, estimulando la articulación social y económica de las experiencias.
Recursos naturales: su explotación debía estar vinculada a las condiciones ecológicas de cada región.
Los destinatarios del programa eran sujetos en situación de vulnerabilidad social, que presentaran proyectos de emprendimientos productivos individuales o asociativos a crear, consolidar o sostener.
Las etapas de implementación comprendían una reunión con el intendente para explicitar los objetivos y alcances del fondo solidario y las distintas responsabilidades; la firma del convenio de cada una de las partes; la selección del promotor e inicio de su formación; reunión de consenso con representantes del concejo deliberante, sindicatos, iglesia, centro educativos, entidades financieras; publicación de la composición de un fondo solidario para que se presentaran propuestas; adquisición de equipamiento y programas informáticos que utilizaría el promotor; entrega de guías y formularios y también asesoramiento; recepción de las ideas y proyectos y su evaluación; entrevista con los emprendedores y preselección de las ideas, categorización de los proyectos y comunicación de los resultados a los solicitantes; publicación del listado completo de proyectos presentados; reunión con los titulares de los proyectos preseleccionados y firma de los convenios; ejecución de la primera etapa de capacitación; análisis de factibilidad de los proyectos; envío de documentación solicitada por la entidad bancaria; aprobación definitiva de los proyectos; liberación de fondos; monitoreo de los proyectos y evaluaciones.
Los proyectos asistidos debían contar con un componente de capacitación adecuado a su naturaleza. Las personas que realizaban esta capacitación podían ser propuestas dentro del proyecto o contratadas en universidades, asociaciones civiles y profesionales, agencia de desarrollo, etc.





























GOBIERNO KICHNER-FERNANDEZ (2003 al presente)



A partir de 2003 y en adelante con el gobierno de Néstor Kirchner , Argentina estableció ciertas políticas económi­cas y sociales que, desde sus inicios, hicieron frente a la profunda crisis desatada por una dinámica sostenida de exclusión, que se había instalado en el país a partir de la década de los ‘90.

Se produjo un importante cambio: el Estado retomó su función fundamental como promotor del desarrollo y ejecutor de las políti­cas y acciones públicas orientadas a la conse­cución de nuevos objetivos, centrados en las personas y su bienestar. Así, se comenzaron a establecer y aplicar políticas y estrategias que instalaron al empleo como principio de la inclu­sión y la reducción de la pobreza, y que promo­vieron una distribución más equitativa y justa de los ingresos e invirtieron en capital humano e infraestructura material que proporcionó con­diciones macroeconómicas para mejorar las condiciones de vida de la población.
Este nuevo escenario instaló el trabajo decente como determinante de las políticas públicas, para consolidarlo como el elemento articulador entre las esferas de lo económico y lo social, como el garante de la dignidad huma­na. Esto le devolvió al trabajo su rol protagónico como uno de los factores básicos de construc­ción de ciudadanía.
Aquí las políticas económicas se complementaron con las laborales, las de ingresos y protección social, para hacer del mercado de trabajo un propulsor del bienestar de los hogares.
Se impulsaron las políticas pasivas de empleo, principal­mente a través de la ejecución del Plan Jefes y Jefas de Hogar Desocupados (PJJHD)
En materia de política salariales una de ellas fue la de disponer que las sumas fijas no remunerativas fueran incorporadas a los básicos de convenio lo que propulsó la conformación de paritarias entre empresas y sindicatos, la modificación de los salarios básicos achataron las escalas salariales reduciendo las diferencias entre las distintas categorías ye impulsó la negociación colectiva para restablecer los diferenciales. Se esta­blecieron modificaciones, actualizaciones y derogaciones a la ley 24.013 de empleo, que propiciaron un marco normativo y un esquema de política que protegiera a los hogares más vulnerables, afectados por la situación de des­empleo, revirtiera la distribución de ingresos regresiva que predominó hasta 2002 y actuali­zara los beneficios previsionales. Se volvió a convocar al Consejo Nacional del Empleo, la Productividad y el Salario Mínimo, Vital y Móvil tras casi 12 años de inactividad, relegitimando a esta instancia tripartita de diálogo social cuya función principal es la de fijar el salario mínimo.
En 2004 la Ley de Ordenamiento Laboral resalta la política laboral orientada a consolidar la inspección del trabajo, se incrementaron los recursos en términos de personal y de presupuesto; se perseguía la regularización y el registro del empleo y el ordenamiento del régimen laboral, que pro­puso una serie de instrumentos para promover el trabajo decente:
·                 reinstalar la inspección de trabajo a través del Programa Nacional de Regulación de Trabajo;
·                 combatir la informa­lidad laboral mediante la simplificación de los procedimientos y la reducción de costos para las contrataciones, además de la implementa­ción de medidas para regularizar la situación laboral del personal doméstico;
·                 impulsar la negociación colectiva para recuperar el prota­gonismo de sindicatos y empleadores en el sistema de relaciones laborales, y
·                 fomentar el diálogo social como base de lo anterior y para promover espacios de debate sobre igualdad de trato y oportunidades, erradicación del tra­bajo infantil y responsabilidad social empresa­ria, entre otras.

Se observaron cambios en el comportamiento de los actores sociales, los sindicatos adoptaron la disposición de ingresar a sus filas a los trabajadores tercerizados, en cuanto a los empresarios comenzaron a establecer mecanismos de control del trabajo no registrado, vía subcontratación en sus cadenas productivas.
La política estatal en relación al trabajo buscó compensar la fuerte transferencia de ingresos en favor de empresas generada por la devaluación de enero del 2002.
En 2006, con el Seguro de Capacitación y Empleo crea­do por el MTEySS para brindar apoyo a los trabajadores desocupados en la búsqueda activa de empleo, en la actualización de sus competencias laborales y en la inserción en empleos de calidad.
También se incrementó la cantidad de beneficiarios que reciben ingresos dentro del marco del sistema de protección social, a través de medidas tales como la Asignación Universal por Hijo, el Programa de Inclusión Previsional Anticipada, las asignaciones familiares contributivas, las pensiones no contributivas y especiales, y los programas nacionales de empleo y capacitación,  gracias al  crecimiento del empleo registrado.
En materia de políticas de empleo, también en este periodo hubo dos etapas sucesivas con la estrategia de poner al trabajo en el centro de la construc­ción de ciudadanía y bienestar de la población:
A partir de 2005, cuando se pasó a ejecutar políticas activas de empleo en el marco del plan integral para la promoción del empleo Más y Mejor Trabajo (PMyMT), que promovió la inserción laboral en empleos de calidad, y brindo a las personas capacitación y asistencia para la inserción y el sostenimiento del empleo. A través de Instituciones como la Red  de Servicio de Empleo, con variadas oficinas de empleo en los distintos municipios del país; y la Red de Instituciones de Formación Continua con consejos sectoriales de certificación de competencias y formación continua
A partir de esto, y en el marco de un proceso de recuperación eco­nómica, las políticas de empleo pasivas, pues­tas en marcha para intentar superar la crisis de 2001, fueron evolucionando hacia políticas activas que favorecieron la creación de empleo genuino y productivo y la transformación de programas asistenciales en políticas de integra­ción social y productiva de la mano de obra desocupada. Siendo estas políticas garantías de acceso al mercado de trabajo.
Con los acuerdos sectoriales se pudo articular un conjunto de acciones que involucraron a actores públicos y privados, cuyo objetivo fue dar respuestas a las necesidades de calificación de sectores de actividad determina­dos, dentro del marco de las situaciones territo­riales particulares. Así se buscó identificar a los trabajadores con escasos niveles de califica­ción y experiencia laboral, para diseñar accio­nes y proyectos que mejoraran su empleabilidad y consolidaran el desarrollo de sus proyec­tos ocupacionales. Asimismo, también se trato de contri­buir al fortalecimiento de la productividad de esos sectores y a la generación de empleos de calidad, de acuerdo con las distintas realidades locales.
Los acuerdos territoriales fueron una herramienta para la promoción del empleo capaces de coordinar y articular estrategias impulsadas por actores locales, del ámbito público y privado, con el apoyo del MTEySS y otras entidades del Estado, para dar respuesta a los problemas del empleo y las necesidades de calificación propias de los trabajadores, den­tro de los procesos de desarrollo y de las opor­tunidades concretas de una localidad en parti­cular. Por otra parte, el plan también buscó identificar a los sectores de la actividad económica y productiva y a las empresas con un mayor potencial de genera­ción de empleo, para vincularlos con los acuerdos y diseñar acciones que permitieran capaci­tar e incorporar desocupados que fueran bene­ficiarios de programas de empleo. Con esta política de descentralización, se comenzó a facultar a las oficinas municipales de empleo para acompañar e incluso conducir el diseño y ejecución de las políticas en su terri­torio, con una multiplicidad de alternativas de respuesta y optimizando recursos debido a la cercanía con los actores locales, la facilidad del contacto y la posibilidad de fomentar la coope­ración entre ellos.


Las oficinas de empleo y la Red de Servicios de Empleo se encargaban de los servicios de orientación y asistencia en la búsqueda de puestos de trabajo, de interme­diación laboral, los servicios de formación bási­ca y profesional, de participación en actividades de entrenamiento para el trabajo y de asistencia técnica para la formulación de proyectos de autoempleo.
El seguro de base no contributiva estuvo destinado a personas desocupa­das, en particular a los beneficiarios del PJJHD, trabajadores del servicio doméstico y otros pro­gramas de empleo comunitario; éste implicó un incremento de la asignación men­sual del PJJHD, con una duración de dos años, que se computan como tiempo efectivo de servicio a los fines jubilatorios.
En 2008, a pesar del cambio de escenario debido a la crisis financiera mundial, el MTEySS continuó con las políticas que se llevaban adelante hasta el momento, apor­tando la aplicación de un conjunto de medidas económicas y laborales en ese año también, se lanzó el programa Jóvenes con Más y Mejor Trabajo (PJMyMT), para jóvenes entre los 18 y 24 años en situación de vulnerabilidad y con escolaridad primaria o secundaria incompleta. Programa para ayudar a los jóvenes a elaborar y poner en mar­cha un proyecto formativo y ocupacional que les ofrezca oportunidades laborales vinculadas con sus perfiles, sus expectativas y sus entor­nos. Como se sabe, el éxito de estas medidas de inclusión laboral se requiere un conocimiento básico del mercado de trabajo y contar con formas de orientación que eviten el desaliento de los individuos ante las dificultades.
El principal objetivo del  lanzó el programa Jóvenes con Más y Mejor Trabajo fue proteger a los grupos más vulnerables de Argentina contra el flagelo del desempleo y la precariedad laboral, gene­rando para ellos oportunidades de inclusión social y laboral.

Cuando se planteo la crisis financiera inter­nacional de 2008/09, el Estado nacional junto a los estados provinciales gestionó instrumentos para limitar la aplicación de medidas que afec­taran el empleo. Se impulsa­ron acciones preventivas de crisis en las empresas de todo el país para atender las situaciones que pudieran afectar el nivel de actividad y ocupación. Esta política de diálogo social entre empleadores y trabajadores con la articulación del Estado buscó soluciones que evitaran la ruptura del vínculo laboral. Además se ampliaron los alcances del Programa de Recuperación Productiva, por medio del cual el Estado nacional subsidió parte del salario de los trabajadores de empre­sas en situación de crisis. La formación profesional y la certificación de estudios formales se han constituido como ejes transversales en la mayoría de las iniciativas emprendidas por el MTEySS. La certificación de estudios formales, en todos los programas de empleo, es compatible con el resto de las prestaciones. Estos instrumentos son los ejes que mejoran y legitiman las condiciones de la inserción laboral y su dinámica, y son una dimensión necesaria en el sostenimiento del trabajo decente.
El  21 de octubre de 2008 de  la presidenta Cristina Fernández anunció que elevaba un proyecto al Congreso Nacional para poner fin al sistema de AFJP, un régimen privado de pensiones y jubilaciones que había constituido una de las principales medidas de la política generalizada de privatizaciones llevada adelante por el presidente Menem[.] El proyecto fue aprobado por el Parlamento el 20 de noviembre con apoyo de algunas fuerzas de oposición como los Partido Socialista y el ARI, votando en contra del mismo el PRO, la Coalición Cívica y la Unión Cívica Radical. La ley dio origen a un nuevo Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA).[


Continuación  incluimos  los programas y planes que se encuentran dentro de las políticas  de empleo y capacitación:

Acciones de Entrenamiento para el Trabajo en el Sector Privado
A quiénes está dirigido
Empresas
• Empresas del sector privado.
• Unidades productivas incluidas en el Programa de Trabajo Autogestionado.
• Unidades económicas incluidas en el Programa de Empleo Independiente y Entramados Productivos Locales.
Trabajadores
• Trabajadores y trabajadoras desocupados del Programa Jóvenes con Más y Mejor Trabajo y del Seguro de Capacitación y Empleo.

Beneficios que otorga
Mejora las condiciones de empleabilidad de trabajadores y trabajadoras desocupados y contribuye al fortalecimiento de la productividad y competitividad de las empresas a partir de la posibilidad de incorporar trabajadores y trabajadoras capacitados de acuerdo a sus necesidades.

De qué se trata
Son prácticas en ambientes de trabajo que incluyen procesos de formación y tutoría para enriquecer las destrezas y habilidades de trabajadores y trabajadoras desocupados a fin de mejorar sus condiciones de empleabilidad.

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Acciones de Entrenamiento para el Trabajo en el Sector Público
A quiénes está dirigido
• A organismos públicos nacionales, provinciales y municipales, organismos autárquicos o descentralizados mediante la presentación de proyectos de entrenamiento para el trabajo.

• La población destinataria son los trabajadores del Seguro de Capacitación y Empleo; beneficiarios del Programa Jefes de Hogar y del Programa de Empleo Comunitario.

Beneficios que otorga
Permite a los trabajadores aumentar su experiencia y conocimientos en oficios con salida laboral.

Los beneficiarios participantes de las actividades de entrenamiento, además de la ayuda económica del programa en el que participan, podrán percibir una suma mensual no remunerativa de hasta $50 en concepto de incentivo a su inserción en el mercado de trabajo.

El MTEySS podrá asignar hasta $5.000 para el financiamiento de insumos, herramientas o actividades de capacitación que fueran necesarias para el desarrollo de las actividades de entrenamiento.

De qué se trata
• Se entrena a trabajadores desocupados beneficiarios de los programas de empleo administrados por el MTEySS mediante la práctica en puestos de trabajo en el sector público, para adquirir experiencia laboral y nuevos saberes.
• Los proyectos de entrenamiento laboral se deben presentar en las Gerencias de Empleo y Capacitación laboral (GECAL) contemplando actividades de práctica en el puesto de trabajo y de capacitación. Podrán tener una duración de entre 3 y 12 meses y la carga horaria de las actividades podrá ser de entre 4 y 6 horas diarias.
• El organismo público deberá abonar una compensación para gastos de traslado si el beneficiario participa hasta 20 horas semanales, o de traslado y refrigerio/almuerzo si la participación es de entre 20 y 30 horas semanales.
• Además el organismo deberá contratar un seguro de accidentes personales que brinde cobertura a los beneficiarios que participen de las acciones de entrenamiento y otorgar a los participantes un certificado de entrenamiento una vez finalizadas las actividades.

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Certificaciones de Competencias laborales
A quiénes está dirigido
Trabajadores ocupados o desocupados con experiencia requerida en el ejercicio del oficio u ocupación por el cual desean obtener un certificado de sus competencias laborales.

Beneficios que otorga
Para los trabajadores:
• El reconocimiento público de su experiencia laboral.
• Mejora las oportunidades de inserción en el empleo.
• Mejora su capacitación.
• Mejora sus oportunidades de carrera.
Para las empresas:
• Introduce procedimientos objetivos para el reconocimiento de la calidad del recurso humano.
• Mejora la gestión de los RRHH. (selección, remuneración, plan de carrera, etc.)
• Mejora la inversión en capacitación.
• Permite iniciar procesos vinculados a la gestión del conocimiento.

De qué se trata
• Se vinculan las acciones de certificación de competencias con los parámetros establecidos por el Sistema Nacional de Calidad.
• Se asiste a los sectores productivos en la constitución de organismos certificadores sectoriales que desarrollarán normas de competencia laboral, registrarán evaluadores y certificarán las competencias laborales de los trabajadores

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Fortalecimiento de Instituciones de Formación Profesional
A quiénes está dirigido
Instituciones de formación profesional.

Beneficios que otorga
• Evaluación diagnóstica e informe de recomendaciones en función de los parámetros descriptos por el Referencial de Requisitos de Gestión de Calidad.
• Asistencia técnica para desarrollar planes de mejora de las instituciones.
• Asistencia técnica y auditoría para la certificación de calidad de la gestión a través de organismos de tercera parte.

De qué se trata
• Se registra y precalifica a las instituciones que participan de las acciones de formación profesional implementadas por la Secretaría de Empleo.
• Las instituciones de formación profesional participan en procesos de mejora continua de la calidad de su gestión.
• Se conforman alianzas estratégicas con actores sociales claves para construir redes que consoliden y potencien los referentes de calidad existentes (universidades, IRAM, FAM, etc.)
• Se estimula y fortalece la vinculación en el territorio de la Red de Instituciones de Formación Continua y de las Oficinas de Empleo.

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Herramientas por Trabajo
A quiénes está dirigido
Trabajadores desocupados beneficiarios del Programa Jefes de Hogar.

Beneficios que otorga
Se financia a trabajadores asociados para:
• Compra de herramientas y materiales de trabajo.
• Asistencia técnica para optimizar los emprendimientos productivos.

De qué se trata
• Se financia la compra de herramientas y materiales para que grupos de trabajadores organizados puedan realizar su proyecto productivo.
• Se financia la asistencia técnica para proyectos productivos para mejorar la capacidad productiva, la gestión y la comercialización.

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Pago Unico -Seguro por Desempleo-
A quiénes está dirigido
Personas que perciben el Seguro por Desempleo.

Beneficios que otorga
• Posibilidad de obtener en un solo pago el doble de las cuotas que le resten por cobrar, más las asignaciones familiares, si correspondieran.
• Asesoramiento y capacitación para la formulación del emprendimiento.

De qué se trata
• Brinda la posibilidad de invertir en el desarrollo de un emprendimiento; para ello se recibe en un solo pago el doble del Seguro por Desempleo que le corresponde al trabajador.
• El trabajador recibe asistencia técnica para desarrollar su emprendimiento.
• Se debe presentar un proyecto, el cual debe ser aprobado para obtener el beneficio.
Programa Calidad de la Formación Profesional
A quiénes está dirigido
Instituciones de Formación Profesional.

Beneficios que otorga
• Asistencia técnica para desarrollar planes de mejora de las instituciones.
• Asistencia técnica y auditoría para la certificación de calidad de la gestión a través de organismos de tercera parte.

De qué se trata
• Se registra y precalifica a las instituciones que participan de las acciones de formación profesional implementadas por la Secretaría de Empleo.
• Las instituciones de formación profesional participan en procesos de mejora contínua de la calidad de su gestión.
• Se conforman alianzas estratégicas con actores sociales claves para construir redes que consoliden y potencien los referentes de calidad existentes (universidades, IRAM, FAM, etc.).
• Se estimula y fortablece la vinculación en el territorio de la Red de Instituciones de Formación Contínua y de las Oficinas de Empleo.

De este modo se actúa sobre la calidad del empleo, las calificaciones y las condiciones de trabajo, considerando alternativas estratégicas para efectuar intervenciones en materia de empleo y formación.
Programa de Apoyo a la Formación Sindical
A quiénes está dirigido
Asociaciones sindicales constituidas conforme la Ley Nº 23.551.

Beneficios que otorga
Asistencia técnica y financiera para el desarrollo de actividades de formación sindical.

De qué se trata
Promueve el desarrollo de acciones de formación sindical respetando la autonomía sindical y fomentando la participación de las asociaciones sindicales en la financiación de las acciones.

El Programa alienta el fortablecimiento de las organizaciones sindicales, necesarias para el pleno sostenimiento de un desarrollo económico con justicia social.

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Programa de Competitividad para Empresas Autogestionadas y Sistematización de Modelos de Gestión
A quiénes está dirigido
Empresas autogestionadas y recuperadas de entre 6 y 100 trabajadores cuyas ventas anuales sean inferiores a 5 millones de dólares; con personería jurídica otorgada bajo la forma de cooperativas.

Beneficios que otorga
Asistencia técnica y capacitación en:
• Definición del mercado.
• Planes de negocios.
• Organización del trabajo.
• Recalificación de los trabajadores.
• Normas de calidad.
• Higiene y seguridad en el trabajo.
• Actualización e innovación tecnológica.
• Medio ambiente.
• Inserción de la empresa en las tramas socioproductivas locales y regionales.


De qué se trata
• Se brinda asistencia técnica y capacitación a empresas autogestionadas en los temas mencionados.
• El Ministerio es el organismo ejecutor, por medio de la Secretaría de Empleo. La coordinación e implementación de las actividades con el resto de las organizaciones participantes en los ámbitos local y regional está en manos de una Unidad Ejecutora.
• El programa opera a través de un Consejo Consultivo conformado por instituciones públicas y privadas: universidades nacionales, consejos profesionales, entidades que nuclean al sector y organismos públicos que aborden la temática y estén en condiciones de articular actividades para el programa.
• Las empresas participantes son seleccionadas en base a requisitos que establece la Unidad Ejecutora

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Programa de Desarrollo del Empleo Local V
A quiénes está dirigido
Organismos públicos nacionales, provinciales, municipales, autárquicos y descentralizados.

Pueden participar trabajadores desocupados mayores de 18 años que cumplan con los siguientes requisitos:
• No percibir prestaciones provisionales nacionales, provinciales o seguro de desempleo;
• No estar participando en otros programas de empleo y/o capacitación del MTEySS.

Beneficios que otorga
Todo beneficiario titular percibe una suma mensual de hasta $250 en forma directa e individual a cargo del organismo público que participa del programa.

Permite a los beneficiarios mejorar sus calificaciones como trabajadores y sus condiciones de empleabilidad, aumentando sus posibilidades de inserción laboral.

De qué se trata
Los organismos públicos participan a través de la presentación de proyectos de obras de infraestructura económica y social, o de prestación de servicios, que contribuyan al desarrollo de las comunidades y estén orientados a mejorar la calidad de vida de la población.

Los proyectos deberán tener una carga horaria diaria no inferior a cuatro (4) horas, ni superior a seis (6).

Es responsabilidad del organismo responsable: la selección de los beneficiarios, el pago de la ayuda económica, la provisión de los insumos y herramientas necesarios para la ejecución de los proyectos, la capacitación de los beneficiarios de acuerdo a las tareas que realicen, la cobertura de salud durante el plazo de vigencia de los proyectos y la contratación de un seguro de responsabilidad civil.

No pueden presentarse proyectos cuyas únicas actividades sean tareas administrativas, tareas propias de empleados municipales o provinciales, o acciones de capacitación.

La condición de beneficiario o beneficiaria del programa no genera relación laboral alguna entre el organismo responsable y los beneficiarios, ni entre éstos y el MTEySS.
Programa de Empleo Comunitario (PEC)
A quiénes está dirigido
Trabajadores de baja calificación laboral mayores de 16 años, que no perciban prestaciones provisionales o Seguro de Desempleo, ni se encuentren participando en otros programas de empleo o capacitación nacionales, provinciales o municipales, incluidos en el Programa Jefes de Hogar, excepto aquellos beneficiarios que sólo reciban el pago de alguna compensación exclusivamente en concepto de gastos de traslado y refrigerio.

No podrán participar quienes aun reuniendo estos requisitos, perciban otros Beneficios de la seguridad social, o pensiones no contributivas, excepto las otorgadas en razón de ser madre de 7 hijos o más, ex combatientes o invalidez.

Tampoco podrán participar en el programa aquellos desocupados cuyo cónyuge sea ocupado o beneficiario de otros programas sociales, de empleo, de formación profesional o de capacitación laboral nacionales, provinciales o municipales, que prevean el pago de ayudas económicas no remunerativas.

Podrán participar en carácter de organismos responsables de proyectos: organismos públicos nacionales, provinciales o municipales, las organizaciones de la sociedad civil sin fines de lucro y las cooperativas de cualquier género, que se encuentren previamente inscriptas en el Registro de Instituciones de Capacitación y Empleo (REGICE) de este ministerio.

Beneficios que otorga
Todo beneficiario titular percibe una suma mensual de $150 en forma directa e individual.

Debe realizar contraprestaciones en un proyecto presentado por un Organismo Responsable para la cual deberán tener una dedicación horaria diaria no inferior a cuatro horas o superior a seis diarias.

De qué se trata
Los beneficiarios y beneficiarias realizaran distintos tipos de actividades que tiendan a mejorar sus condiciones de empleabilidad y/o la calidad de vida de la población de la comunidad a la que pertenecen.

Las líneas de acción de los proyectos son: prestación de servicios, actividades ligadas a la construcción, actividades productivas, actividades rurales, terminalidad educativa y capacitación laboral. Los proyectos pueden durar entre 1 a 12 meses, con una carga horaria de 4 a 6 horas diarias.
Los organismos responsables deberán:
• Efectuar la contratación de un seguro de responsabilidad civil para cubrir los riesgos de siniestros que pudieren sufrir los beneficiarios y beneficiarias del Programa durante su permanencia en él.
• Garantizar la cobertura de salud de los beneficiarios a su cargo.
Todas las gestiones referidas a los beneficiarios y a los proyectos deberán realizarse a través de la GECAL correspondiente a la jurisdicción en la que se lleven a cabo los proyectos.
Programa de Empleo Transitorio en Obra Pública Local con Aportes de Materiales “Trabajadores Constructores”
A quiénes está dirigido
Beneficiarios del Programa Jefes de Hogar, trabajadores incorporados al Seguro de Capacitación y Empleo. Beneficiarios de otros programas de empleo y capacitación del MTEySS y trabajadores desocupados.

Beneficios que otorga
A los trabajadores:
• Inserción laboral y/o entrenamiento para el trabajo.
• Capacitación, con apoyo de un tutor a cargo de la misma.
• Se le facilita la obtención de la libreta de cese laboral.

A la institución interesada en implementar un proyecto de infraestructura comunitaria:
• Hasta $ 120.000 (cantidad que equivaldrá al 70% del costo de los materiales) para la ejecución del Plan de Obra.
• Recursos para la compra de herramientas, ropa de trabajo y elementos de seguridad para los trabajadores.
• Contratación de un tutor encargado de brindarles capacitación en obra durante 6 meses.

De qué se trata
• Se facilita la inserción de trabajadores desocupados en obras públicas locales, dotándolos además de entrenamiento laboral. • Las obras de construcción se realizan en el marco de un "Plan de Obra", que cada organismo responsable diseña, a ejecutarse en terrenos de propiedad de un organismo estatal. Allí trabajan y se capacitan los participantes.
• Las instituciones reciben financiamiento para la compra de materiales y herramientas. El Programa financia además los honorarios de un tutor o tutora a cargo del entrenamiento de los trabajadores incorporados.
• Los organismos responsables pueden solicitar recursos a otras instituciones cofinanciadoras, de carácter público o privado, para la realización de la obra.
• Los trabajadores desocupados pueden participar en un Plan de Obra siempre y cuando se los incorpore al mismo en el marco del Programa de Inserción laboral en el Sector Público o en el de Entrenamiento para el Trabajo en el Sector Público.
• Los trabajadores participantes reciben formación integral en aspectos técnicos relacionados con los rubros de albañilería en general, construcciones sencillas de hormigón armado (Hº Aº) y formación en seguridad e higiene laboral con asistencia de un tutor.
• Los tipos de obra que podrán realizarse en el marco del Programa son:
- Infraestructura de salud
- Infraestructura educativa
- Infraestructura asistencial y/o cultural comunitaria
- Infraestructura de apoyo a la producción local
- Áreas recreativas y/o turísticas
- Construcción de Oficinas de Empleo
- Abastecimiento de agua potable
• En coordinación con el Ministerio de Desarrollo Social de la Nación, el Programa financia también la construcción de Centros Integradores Comunitarios (CIC), en estas obras podrán participar, además de los beneficiarios del Programa Jefes de Hogar y del Seguro de Capacitación y Empleo, trabajadores nucleados en las cooperativas que ya hayan participado en la construcción de (CIC) o en el Plan Federal de Viviendas
Programa de Formación para el Trabajo
A quiénes está dirigido
• Población económicamente activa (PEA), mayor de 18 años, con niveles incompletos de la escolaridad obligatoria, preferentemente participantes del Programa Jefes de Hogar, del Seguro de Capacitación y Empleo, del Programa Jóvenes con Más y Mejor Trabajo y de otros programas de empleo.

• Jóvenes a partir de los 16 años en situación de vulnerabilidad, adultos desempleados que necesitan actualizar sus calificaciones para poder reinsertarse según requerimientos del mercado actual, mujeres, grupos especialmente vulnerables: personas con discapacidad, población carcelaria o en libertad asistida, personas con HIV, para los cuales se realizarán las adecuaciones necesarias para mejorar su accesibilidad.

Población perteneciente a las comunidades de pueblos originarios residentes en la jurisdicción, para los cuales se adecuará la currícula formativa a la lengua y cultura local.

Beneficios que otorga
• Ampliar oportunidades para el acceso y permanencia en acciones de formación para la certificación de estudios formales.

• Formación profesional.

• Orientación profesional.

• Apoyo a la búsqueda de empleo.

De qué se trata
Consiste en mejorar la empleabilidad de la población destinataria, a través de la certificación de estudios formales y de la formación profesional. Se implementa a partir de convenios celebrados con las distintas jurisdicciones educativas provinciales en articulación con otras áreas del Estado Nacional, provincial o municipal, con los que se acuerdan diversos tipos de asistencia técnica y/o financiera a brindar por parte del MTEySS para poder viabilizar las diferentes prestaciones.

Esta iniciativa está cofinanciada con fondos del préstamo IRF 7474-AR, referido al desarrollo de un Sistema de Formación Continua que permita la adecuación de las acciones a los intereses de los pueblos originarios.

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Programa de Inserción laboral en el Sector Público (PIL Público)
A quiénes está dirigido
• Beneficiarios del Seguro de Capacitación y Empleo, de los programas de empleo y del Seguro por Desempleo, y del Programa Jóvenes con Más y Mejor Trabajo.

Pueden participar organismos públicos nacionales, provinciales y municipales, autárquicos o descentralizados.

Beneficios que otorga
A los trabajadores:
• Posibilidad de trabajar en el sector público.
A los organismos que incorporan este personal:
• Contabilizar como parte del salario las prestaciones económicas de los beneficiarios participantes durante un plazo de hasta 12 meses.
• El organismo público debe abonar la parte del salario que resta para alcanzar el total correspondiente a la categoría laboral en la que se incorporará la persona y realizar el pago de las contribuciones patronales correspondientes al salario a su cargo
• En el caso de los trabajadores desocupados participantes del Seguro de Capacitación y Empleo, el MTEySS podrá otorgar un suplemento monetario a la prestación económica de hasta $600, que podrá ser contabilizado por el organismo empleador como parte del salario.
• El MTEySS podrá asignar recursos para insumos, herramientas o acciones de capacitación para el desempeño de los beneficiarios en su puesto de trabajo.

De qué se trata
Apoyar la inserción laboral de beneficiarios de los programas administrados por el MTEySS en puestos de trabajo del sector público.
La modalidad contractual bajo la cual se incorpora el beneficiario debe estar contemplada en la normativa que regula el empleo público en la jurisdicción correspondiente.
El salario que percibe el trabajador debe ajustarse a la categoría ocupacional en la que sea designado y contar con obra social, aportes jubilatorios y asignaciones familiares.
Los organismos públicos deberán presentar ante la Gerencia de Empleo y Capacitación laboral (GECAL) una solicitud de adhesión con la propuesta de incorporación, para luego firmar un convenio con la Secretaría de Empleo.

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Programa de Inserción laboral en el Sector Privado (PIL Privado)
A quiénes está dirigido
• Empresas del sector privado,
• Personas jurídicas privadas sin fines de lucro,
• Trabajadores y trabajadoras desocupados del Programa Jóvenes con Más y Mejor Trabajo y del Seguro de Capacitación y Empleo.

Beneficios que otorga
Para los trabajadores:
• Posibilidad de insertarse en un puesto de trabajo en el sector privado
Para las empresas:
• Búsqueda gratuita de candidatos calificados a través de las Oficinas de Empleo

De qué se trata
Promueve la inserción laboral, y permite a la empresa privada que incorpora personal.
Se alienta la incorporación de trabajadores en el sector privado. Para ello las empresas tienen incentivos: el empleador deduce del salario que abona al trabajador el dinero que cobra a través de los Programas de Empleo del MTEySS, por un plazo de hasta 6 meses y de 9 meses en el caso de incorporar un trabajador mayor de 45 años.

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Programa de Inserción laboral, línea Promoción del Autoempleo
A quiénes está dirigido
Trabajadores desocupados del Seguro de Capacitación y Empleo.

Beneficios que otorga
• Asistencia técnica y capacitación para la formulación y desarrollo del proyecto.
• Tutorías durante el desarrollo del proyecto.
• Recibir en forma anticipada y en un pago las cuotas que le restan de Seguro de Capacitación y Empleo

De qué se trata
• El trabajador que desee desempeñarse en un oficio o concretar un proyecto de autoempleo puede recibir anticipadamente y en un solo pago el monto de las cuotas que le resta cobrar del Seguro de Capacitación y Empleo.
• El monto se entrega al asegurado contra presentación y aprobación de la viabilidad del proyecto de autoempleo.

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Programa de Inserción laboral para trabajadores con Discapacidad
A quiénes está dirigido
• Trabajadores con discapacidad.
• Empresas

Beneficios que otorga
A los trabajadores:
• Apoyo económico.
• Servicios de intermediación laboral.

A las empresas:
• Deducción del 70% de Impuesto a las Ganancias (Ley Nº 22.431). En la Provincia de Buenos Aires, deducción del 50% de Ingresos brutos (Ley Nº 10.592, art. 17).
• Exención del 50% de aportes patronales durante el primer año de contratación (Ley Nº 24.013, art. 87).
• Descuento del 50% en contribuciones patronales por la contratación de grupos laborales protegidos (Ley Nº 24.147, art. 34).
• Exención del 33% en contribuciones a la seguridad social durante doce (12) meses.

De qué se trata
• Los trabajadores con discapacidad reciben una suma de dinero durante 9 meses que el empleador descontará del monto total de la remuneración a percibir.
• El empleador puede optar por instrumentar un período de inducción y reentrenamiento laboral durante el primer mes de incorporado el trabajador.

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Programa de Inserción laboral Rural (PIL Rural)
A quiénes está dirigido
• Trabajadores del Seguro de Capacitación y Empleo y beneficiarios del Programa Jefes de Hogar y del Programa de Empleo Comunitario.
• Empresas privadas interesadas en incorporar personal.

Beneficios que otorga
Para los trabajadores:
• Posibilidad de insertarse en un puesto de trabajo en el sector rural.
A las empresas:
• Búsqueda gratuita de candidatos calificados por intermedio de las Oficinas de Empleo.
• Descuento en la suma que paga como salario al trabajador de la suma que éste percibe como beneficiario de programas de empleo durante el plazo fijado.
• Menor monto en concepto de pago a contribuciones a la seguridad social ya que sólo aporta sobre lo que el empresario abona del salario.

De qué se trata
Promueve la inserción laboral.
• Se alienta la incorporación de trabajadores en el sector privado. Para ello las empresas tienen incentivos: el empleador deduce del salario que abona al trabajador el dinero que cobra a través de los programas de empleo del MTEySS, por un plazo de hasta 6 meses, o de 9 meses en el caso de incorporar a mayores de 45 años.
• Además, permite al empleador ahorrar el pago de las contribuciones patronales en cantidad equivalente al monto de la ayuda o prestación económica.
Programa de Recuperación Productiva
A quiénes está dirigido
• Empresas en situación de crisis

Beneficios que otorga
• Una suma fija mensual no remunerativa de hasta 600 pesos destinada a completar el sueldo de la categoría laboral de los trabajadores mediante el pago directo por ANSES.

De qué se trata
El programa fue creado en el marco de la Emergencia Ocupacional Nacional para sostener y promocionar el empleo genuino, apoyando la recuperación de sectores privados y áreas geográficas en crisis.

Para acceder a este beneficio las empresas deben acreditar la situación de crisis por la que atraviesan, estipulando las acciones que piensan desarrollar para su recuperación y comprometerse a mantener su dotación de personal.

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Programa de Sostenimiento del Empleo Pequeños Productores Rurales
A quiénes está dirigido
• Pequeños productores de zonas declaradas en emergencia agropecuaria.

Beneficios que otorga
para los productores:
• Compensación de ingresos.

De qué se trata
• En el marco de acciones de contención municipal y provincial se transfieren fondos en forma directa e individual a los productores por un plazo de hasta 6 meses.
Programa de Sostenimiento del Empleo por Contingencias Climáticas
A quiénes está dirigido
• Trabajadores permanentes, transitorios y contratistas de viña de empresas agrarias y agroindustriales de zonas declaradas en emergencia agropecuaria.

Beneficios que otorga
Para los trabajadores:
• Sostenimiento de puestos de trabajo.
Para las empresas:
• Descuento en la suma que paga como salario al trabajador de la suma que éste percibe como beneficiario del programa de empleo durante el plazo fijado.

De qué se trata
Evita despidos y suspensiones
• Para ello las empresas tienen incentivos: el empleador deduce del salario que abona al trabajador el dinero que cobra a través de los Programas de Empleo del MTEySS, por un plazo de hasta 6 meses.
Programa Especial de Formación y Asistencia Técnica para el Trabajo
A quiénes está dirigido
• Trabajadores desocupados con discapacidad, que requieran adquirir nuevas competencias o estar en mejores condiciones para conseguir empleo.
• Trabajadores desocupados con discapacidad que requieran nuevos saberes para lograr mayores niveles de competitividad.

Beneficios que otorga
• Cursos de capacitación laboral y servicios de orientación laboral, brindados por Organismos de Formación para el Trabajo especialmente habilitados.
• Orientación laboral.
• Formación Profesional.

De qué se trata
Se realizan acciones de formación profesional, orientación laboral y asistencia técnica combinando uno o más servicios que brinda la Institución responsable a un grupo de trabajadores con discapacidad, para mejorar su estado ocupacional.

La recepción y evaluación de la solicitud de acceso a estos servicios está a cargo de las Gerencias de Empleo, las Oficinas de Empleo de la Red de Servicios de Empleo, la Dirección Nacional de Orientación y Formación Profesional y la Unidad para Personas con Discapacidad y Grupos Vulnerales.
Programa Interzafra
A quiénes está dirigido
Trabajadores de temporada registrados de la producción primaria y la agroindustria de distintos tipos de producciones.

Beneficios que otorga
Para los trabajadores:
• Compensación de ingresos de trabajadores de temporada registrados de la producción primaria y la agroindustria del limón y la caña de azúcar en período de interzafra.
Para als empresas:
• Mantenimiento de disponibilidad de mano de obra en la cosecha y la elaboración.

De qué se trata
• Transfiere una suma mensual a los trabajadores en forma directa e individual durante un período del año.
Programa Jefes de Hogar
A quiénes está dirigido
Condiciones de acceso al Programa:
• Ser argentino, nativo o naturalizado, o extranjero radicado en el país.
• Ser jefe o jefa de hogar y encontrase en situación de desocupación.
• Tener al menos un hijo menor de 18 años, o haberse encontrado en estado de gravidez al momento de la inscripción, o tener hijos de cualquier edad con discapacidad.
• Los hijos en edad escolar deberán ser alumnos regulares.
• Los hijos deben cumplir con el calendario de vacunación obligatoria.

La inscripción al programa fue gratuita y se realizó entre el 4 de abril y el 17 de mayo de 2002.

Beneficios que otorga
Todo beneficiario titular percibe una suma mensual de $150.- en forma directa e individual.

Debe realizar contraprestaciones para la cual deberán tener una dedicación horaria diaria no inferior a cuatro (4) horas, ni superior a seis (6).

De qué se trata
El programa surgió en el 2002 como respuesta para más de dos millones de mujeres y hombres afectados por una fuerte crisis en nuestro país.
Brinda un subsidio de emergencia, y los beneficiarios deben realizar contraprestaciones que pueden incluir su formación.
Actualmente existe un horizonte de recuperación económica y un mejoramiento paulatino de la estructura de distribución del ingreso con una tendencia sostenida a la apertura de fuentes de trabajo en el sector formal, con la consecuente demanda de mano de obra desde el sector público y privado.
Aún ante esta coyuntura, se provee una red de servicios de empleo que opere inclusivamente hacia aquellas personas con una desvalorizada calificación en el mercado del trabajo, proporcionando las herramientas necesarias para su inserción laboral.
La decisión política es la de reorientar la atención a la emergencia social y ocupacional en pos de más y mejor empleo para los trabajadores desocupados, especialmente para aquellos que reciben un susidio del Estado a través del programa.

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Programa Jóvenes con Más y Mejor Trabajo
A quiénes está dirigido
Jóvenes de 18 a 24 años que no hayan terminado sus estudios.

Beneficios que otorga
• Se rinda información sobre: mercado de trabajo, calificaciones requeridas, derechos laborales, salud ocupacional.
• Actividades de orientación profesional para lograr mejores condiciones de acceso a un empleo.
• Posibilidad de retomar estudios primarios o secundarios, o realizar cursos de formación profesional.
• Acceso a prácticas en ámbitos laborales, con tutores en el lugar de trabajo.
• Desarrollo de microemprendimientos o experiencias de autoempleo.

De qué se trata
Los jóvenes mejoran su empleabilidad y sus oportunidades de inserción laboral por medio de la orientación y formación profesional, a través de:

- Identificación de intereses y necesidades.
- Desarrollo de capacidades profesionales y emprendedoras.
- Activación de estudios primarios y secundarios.
- Fortalecimiento de competencias básicas.
- Formación profesional en oficios y ocupaciones requeridas considerando intereses vocacionales.
- Alfabetización informática.

Esta iniciativa está cofinanciada con fondos del préstamo IRF 7474-AR, relativo al Desarrollo de un Sistema de Formación Continua que permita la adecuación de las acciones a los intereses de los pueblos originarios.

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Programa Regional de Capacitación e Intermediación laboral de la Población Ciega, “Programa Agora”
A quiénes está dirigido
Personas con discapacidad visual.

Beneficios que otorga
• Capacitación para trabajos en forma individual en informática y telemarketing.
• Apoyo a microemprendedores: asesoramiento, capacitación, equipamiento e insumos.
• Cadena Q: este emprendimiento consiste en la creación directa de puestos de trabajo mediante una red de quioscos atendidos por personas con discapacidad visual.

De qué se trata
Se brinda capacitación en forma individual para trabajos en informática y para microemprendimientos, para posibilitar la reconversión o ingreso según la demanda del mercado laboral para personas ciegas y con aja visión en todo el país.

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Programa Sectorial de Calificaciones
Programa de Trabajo Autogestionado
A quiénes está dirigido
A unidades productivas autogestionadas por sus trabajadores, ya sean empresas recuperadas o unidades productivas de autogestión asociativa.
Entre estas últimas se encuentran proyectos impulsados por organizaciones sociales, procesos asociativos vinculados con economías regionales, cadenas de valor sectoriales y organizaciones que promueven el empleo ambiental con desarrollos tecnológicos innovadores.

Beneficios que otorga
Línea I: Ayuda económica individual.;
Línea II: Apoyo técnico y económico para la mejora de la capacidad productiva.;
Línea III: Apoyo técnico y económico para la mejora de la competitividad.;
Línea IV: Asistencia técnica y capacitación para la mejora de la capacidad de gestión de las unidades productivas.;
Línea V: Asistencia para la higiene y la seguridad en el trabajo

De qué se trata
El objetivo es generar nuevas fuentes de trabajo y mantener los puestos existentes mediante la promoción y el fortalecimiento de las unidades productivas, acompañándolas en la consolidación de los procesos asociativos y en el mejoramiento de la competitividad y sustentabilidad en todas sus etapas. Asimismo se contribuye a mejorar las condiciones de higiene y seguridad de los trabajadores.

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Programa Formación con Equidad para el Trabajo Decente
A quiénes está dirigido
De forma directa nos vinculamos con instituciones educativas y de formación profesional, y de manera indirecta, con trabajadores y trabajadoras que deseen participar en los cursos de formación profesional.

Beneficios que otorga
Para los trabajadores y trabajadoras:
• Capacitarse gratuitamente en trayectos de formación específicos, que les permitan ampliar sus perspectivas laborales, jerarquizar y/o profesionalizar su oficio.
• Diseñar su propio proyecto ocupacional para mejorar su empleabilidad e incorporar competencias que faciliten su inserción en el mundo del trabajo.
• Compatibilizar los beneficios correspondientes a la participación en el Seguro de Capacitación y Empleo con los derivados de la adhesión al Régimen Especial de Seguridad Social para Empleadas de Servicio Doméstico, de la AFIP.
Para las instituciones de formación:
• Se ofrece asistencia técnica y financiamiento para generar ofertas de formación para trabajadoras y trabajadores que generalmente se desempeñan en el servicio doméstico, cuidado de personas y otros servicios personales y sociales.
• También se asiste a equipos técnicos para acompañar y seguir el proceso de mejora de la empleabilidad de las personas y la jerarquización de las actividades del sector.

De qué se trata
Se brindan cursos y acciones para:
• Mejorar la empleabilidad de las personas de bajos ingresos o con trabajo precario mediante formación de calidad, orientación laboral y apoyo en la búsqueda de empleo.
• Incluir personas de ambos sexos en las ocupaciones del sector de los servicios desde una perspectiva de género.
• Profesionalizar y jerarquizar con criterios de equidad, ocupaciones generalmente desvalorizadas y tradicionalmente realizadas por mujeres en el ámbito doméstico.
• Promover el trabajo decente y los principios y derechos fundamentales del trabajo a través de diferentes estrategias y en contacto con el sistema educativo.

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Régimen de Crédito Fiscal del MTEySS para PYME y grandes empresas
A quiénes está dirigido
PyME y grandes empresas.

De qué se trata
Financia proyectos presentados por las empresas que impliquen el fortalecimiento de las competencias laborales de trabajadores ocupados y desocupados y/o la adquisición de equipamiento nuevo destinado a instituciones de formación profesional.
Las PyME pueden financiar proyectos por el equivalente al 8% de la suma total de sueldos, salarios y remuneraciones abonada anualmente, y sus respectivos aportes y contribuciones patronales.

Las grandes empresas podrán financiar proyectos por el equivalente al 8 % de la suma total de sueldos, salarios y remuneraciones abonada anualmente, y sus respectivos aportes y contribuciones patronales.

Las empresas participantes reciben certificados de crédito fiscal que les permiten cancelar impuestos cuya aplicación, percepción y fiscalización se encuentre a cargo de la AFIP, excluyéndose los aportes y contribuciones destinados a la seguridad social.

Líneas de acción financiables:

• Formación profesional.
• Formación en informática básica.
• Evaluación y certificación de competencias laborales.
• Formación para certificación de estudios de nivel primario, secundario, terciario y superior.
• Prácticas formativas en puestos de trabajo.

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Seguro de Capacitación y Empleo
A quiénes está dirigido
Personas desocupadas que quieran conseguir trabajo, en particular, beneficiarios del Programa Jefes de Hogar.

Beneficios que otorga
• Asignación mensual de $225 pesos, que se contabilizan para la jubilación.
• Ayuda para finalizar los estudios primarios y secundarios.
• Orientación laboral y apoyo en la búsqueda de empleo.
• Derivación a servicios sociales.
• Formación, capacitación laboral y entrenamiento para el trabajo.
• Orientación al trabajo independiente y apoyo a emprendimientos individuales y/o asociativos.

De qué se trata
El trabajador desocupado recibe una ayuda económica mensual y apoyo para mejorar sus posibilidades de obtener un empleo. La duración máxima de cobertura es de dos años. Se trata de un seguro de base no contributiva.
El seguro se implementa por medio de convenios celebrados entre el MTEySS y las provincias y municipios.
Atiende la contingencia del desempleo mediante políticas activas de promoción del empleo y formación.

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Seguro por Desempleo
A quiénes está dirigido
Asalariados desocupados incluidos en la Ley Nº 20.744 de Contrato de Trabajo y trabajadores del Régimen de la Construcción (Ley Nº 22.250).

Beneficios que otorga
• Mensualmente se cobra una suma equivalente a 50% de la mejor remuneración en los seis meses anteriores al despido, no pudiendo ser inferior a los $250 ni superior a $400: Ese monto va bajando a medida que transcurre el tiempo.
• Cobertura médico asistencial.
• Pago de asignaciones familiares.
• Reconocimiento de la antigüedad a efectos previsionales.
• Orientación laboral o apoyo en la búsqueda de empleo en cualquier Oficina de Empleo.
• Una de las modalidades es la de Pago Unico: destinado a los beneficiarios del Seguro por Desempleo de todo el país que tengan la primera cuota liquidada y que le resten al menos 3 por liquidar, permite obtener en un sólo pago el doble de las cuotas que reste corar, más las asignaciones familiares, si correspondieran.

De qué se trata
• El monto del Seguro equivale al 50% de la mejor remuneración en los seis meses anteriores al despido, no pudiendo ser inferior a los $250 ni superior a los $400.
• Durante el primer período, el trabajador percibe el 100% del monto, durante el segundo cuatrimestre el 85% y durante el tercero el 70%.
• El tiempo durante el cual se cobra el seguro está en relación con el tiempo efectivamente trabajado y contribuido al Sistema de Seguridad Social - Fondo Nacional de Empleo -, en los 3 años previos al cese o despido.
• No se cuentan las Asignaciones Familiares; éstas se suman a la cuota básica.

























CONCLUSION
Argentina siempre estuvo signada, entre otros, por dos problemas fundamentales: el déficit crónico de puestos de trabajo y la carencia de un fuerte tejido productivo. Esto siempre estuvo unido a  una nueva realidad de cambios tanto en los mercados nacionales e internacionales, como en la organización del trabajo que agravaron los problemas del empleo. Por otro lado, existe una absoluta correlación entre desempleo y pobreza; falta de oportunidades; exclusión social y este es el problema que siempre se tuvo que enfrentar; desde el diseño y puesta en marcha de una política pública de Empleo de calidad, por tiempo indeterminado, con acceso a la salud y la seguridad social, en definitiva: lo que la OIT denomina “trabajo decente”.
.Como se sabe, el escenario argentino siempre tuvo como base los constantes y profundos cambios que  han impactaron sobre el empleo. La exigencia incondicional de competitividad y productividad y, el requisito de adaptabilidad productiva a las fluctuaciones del mercado y la volatilidad de la demanda impusieron transformaciones profundas en lo referido al trabajo y a su articulación con el modo de producir. La interacción entre  nuevas tecnologías y los nuevos criterios de organización de la producción afectaron al mercado laboral, sumando a todo ello, los nuevos métodos de gestión de los recursos humanos (círculos de calidad; externalización de tareas y sectores; etc.). Una conjunción de causas que terminaron provocando dos efectos perjudiciales que persisten en la actualidad a pesar de todas las políticas implementadas: la supresión de puestos de trabajo y; la precarización del empleo. En éste punto puede recordarse que, las nuevas modalidades contractuales surgidas desde la flexibilidad laboral no hicieron más que beneficiar a los empleadores ya que éstos se vieron libres para esconder detrás de dichas modalidades la verdadera realidad de los trabajadores, lejos esto de lo que la OIT persigue como Trabajo Decente.
Teniendo en cuenta estos aspectos, podemos decir, que si bien se ha planteado el logro de un trabajo conjunto entre las áreas de los Municipios y el Estado para mejorar la planificación e implementación de las políticas públicas laborales, a partir de estos dos últimos gobiernos, esto tampoco se vio plasmado en los proyectos de forma clara,  debido a que se produce una superposición de actividades y subsidios, no generando el logro de los objetivos planteados en los programas. Es decir, no se diseñaron, ni pusieron en práctica estrategias coordinadas para intervenir en la inserción social, educativa y laboral de los jóvenes, sino más bien una especie de “asistencialismo” que se refugia bajo una figura de inserción laboral y que no provoca más que una continuada y creciente “cultura del no trabajo” provocando que cada vez sea mayor la masa de gente que opta por cobrar ayudas del gobierno en vez de buscar empleos.

Para finalizar, creemos que sería importante avanzar en la elaboración de sistemas de información y capacitación para orientar a la población con respecto a políticas de educación, formación y empleo que atiendan las demandas de los jóvenes y propongan soluciones al problema de la inserción social generando puestos de trabajo reales y serios. Estos sistemas podrían ser útiles para evitar que los programas de empleo se confundan con los de subsidios y para diseñar estrategias coordinadas con el fin de incidir en el problema de la inserción social, educativa y laboral de los jóvenes, estrategias en las que intervengan todos los actores involucrados mencionados anteriormente y logrando así mas trabajo y menos subsidios, que a largo plazo afectan a las personas e impiden desarrollar la  dignidad en el trabajo. Estas políticas deben  surgir de un compromiso a nivel nacional y apuntar hacia un cambio cultural e ideológico, es decir  una cultura de trabajo y no utilizándolas como medio de conseguir más votos.






































BIBLIOGRAFIA

Julio Cesar Neffa, Brenda Brown, "Empleo, desempleo y Políticas de empleo" (2011)

Marta Novik, Trajtemberg, "Una nueva dinámica de las Relaciones Laborales y la Negociación Colectiva" (2000)

Martínez Nogueira, "Análisis de Políticas Públicas" (1997)

Mabel Rey, Andrea López, "Entre tecnócratas globalizados y políticos clientelistas"

 O. Oszlak "El mito del Estado mínimo: una década de reforma estatal en Argentina" (2003)

Norberto Zeller, Rivkin, "El empleo en la administración pública. Estudio de la distribución de cargos y de las características de sus remuneraciones" (2003)


[1] Chandler y Plano
[2] Oszlak
[3] Thwaites Rey
[4] Pallares
"Todos los sectores sociales deben estar unidos verticalmente por el destino común de la Nación (...) Se hace imposible pensar la política social sin una política nacional".

Arturo Jauretche